Hoy me han colocado en la moto un aviso, un cambio en el reglamento por el que las motos de tres ruedas tienen que pagar la hora para aparcar en las zonas SER del ayuntamiento de Madrid. Alucinado, pensando que se trataba de una broma he ido a hablar amistosamente con la controladora, que, tras manifestarme su asombro, me ha explicado que se trata de una orden recibida del Ayuntamiento, que ofrece tremendas dificultades prácticas tan básicas como el lugar de colocar la notificación, que aún no se sabe que día tienen que empezar a sustituirse avisos por multas y, frente a la pregunta de si la acera es zona azul o verde, me ha dicho que a partir de ahora las motos deberían aparcar en los puestos de los coches, azul o verde.
Como podéis imaginar ahora mismo no se muy bien qué hacer con mi moto, que ha perdido por decreto gran parte de sus ventajas de movilidad para Madrid. Todavía no termino de entender el criterio por el cual se ha decidido multar a este tipo de motos. Su cilindrada es similar al resto de las motos, el espacio que ocupan el mismo, más que unas y menos que otras, el aparcamiento habitual idéntico, la acera o espacios reservados para las motos… lo único que las distingue del resto de las motos es el número de ruedas, criterio tan ridículo que mucho me temo que próximamente veremos como las motos de dos ruedas también tienen que empezar a pagar la hora.
Hola Rafa. Le he preguntado por el tema a mi compañero de municipal, Enrique Villalba, y me ha pasado la ordenanza de circulación sobre qué vehículos están exentos de pagar el SER. Según la misma, sólo lo están bicis, motos y ciclomotores, por lo que debes comprobar en la documentación cómo está matriculado el vehículo.
De todas formas, estamos comprobando si el Ayto. ha cambiado la ordenanza. Ya te contaremos
@angelcalleja
Creo que se ha reformado la ordenanza, es lo que ponía en el aviso, y los ciclomotores de 3 y 4 ruedas deberían empezar a pagar. El problema es que hay vehículos de 3 ruedas que son ciclomotores y vehículos de 3 ruedas que son coches, pero desde fuera no hay forma de distinguirlos (sólo varía la anchura del eje entre las dos ruedas), y, según parece porque no lo tengo claro, han aprovechado para meter a todos en el mismo saco.
Mil gracias
Hasta donde yo se (que no es que sea mucho) las motos de tres ruedas que no son de 125cc, se homologan como triciclos para que de esta forma se puedan conducir con el carne de coche, pues este carne de coche te permite conducir un triciclo de no mas de 400cc y no se cuantos kilos de peso, el tema es que modificando alguna pequeña cosa, como por ejemplo el hecho de que ademas de las manetas de freno, disponga de un pedal que actúe sobre las tres ruedas,
Al estar homologado como triciclo, ya no es una motocicleta, pero lo que si tienen razón en un comentario, es que no es lo mismo una motocicleta de 125cc y tres ruedas, a la misma motocicleta de 400cc, pues como he dicho antes es una triciclo y no una motocicleta. El ayuntamiento debería de poder hacer esta distinción, pues por ejemplo, piaggio tiene los dos modelos (MP3) y exteriormente son casi idénticos, mientras que uno es triciclo y otro motocicleta.
No entiendo nada. Ya que tanto las motocicletas de rueda gemela (mp3 rl de piaggio por ejemplo) como las de tres ruedas homologadas como triciclo (mp3 lt de piaggio siguiendo con el ejemplo) están exentas de pagar aparcamiento según la propia ordenanza municipal de Madrid. (http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Movilidad-y-Transportes/Muevete-en-moto/Madrid-y-la-moto/Exencion-pago-del-SER/Aparcamiento-gratuito-en-zonas-de-estacionamiento-regulado-%28S.E.R%29?vgnextfmt=detNavegacion&vgnextoid=d0156ccc21a81310VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=ac8f1a9eb3b61310VgnVCM1000000b205a0aRCRD)
Depende de la separación de los ejes, las antiguas tenían una separación por la que eran consideradas motocicletas, las nuevas, que tienen una separación superior, son considerados como coches a efectos de permiso de conducir, la duda sería si también para el aparcamiento.
Las lt son consideradas como triciclos a efectos de matriculacion. Las de menos de 250 cm2 estan exentas del impuesto de matriculación y las de mas de 250 pagan el iva que es un 12%.
Su catalogación es L5 triciclo.