Desde que el 15-M llamará a tomar las plazas, e instalarse en ellas (tomalaplaza.net), han ido proliferando acciones como escrachesflashmobspintadas manuales o digitales y el renacer de la promoción masiva del envío de correos electrónicos personales, más o menos personalizados, a distintos cargos públicos o instituciones (hazteoir.orgchange.org).

Nadie puede negar que esta explosion de iniciativas, a pesar de desenvolverse en el ámbito de lo informal, son una vía más, quizás la más notoria, de participación política. Lo que puede sorprender es saber que, a pesar de que muchos consideran esta proliferación como una consecuencia directa del agotamiento de instituciones formales de participación política, como las manifestación o la iniciativa legislativa popular (ILP), su uso no ha hecho más que crecer en los últimos años.

Las manifestaciones

Analizando las manifestaciones, ejercicio del derecho fundamental recogido en el artículo 21 de la Constitución Española y desarrollado en la ley orgánica 9/83, vemos cómo en España en octubre de 2010 el gobierno informaba de la celebración de 36.400 en los 10 primeros meses del año, más de 100 diarias.

Aunque desconocemos la cifra exacta de las celebradas en 2011, para poder conocer la progresión, sí sabemos que en esa fecha  en Madrid se habían celebrado 3.419, un 74% más que durante todo el año 2010 en la misma ciudad. La progresión es todavía superior en 2013, en marzo de este año se habían celebrado ya en Madrid 1.628, multiplicando por dos las que se habían celebrado en Madrid en el mismo periodo de tiempo de 2012.

Las ILP

Algo similar ocurre en el campo de las iniciativas legislativas populares (ILP), establecidas en el artículo 87.3 de la Constitución y que, en lo nacional, fueron desarrolladas por la ley orgánica 3/84 (modificada en 2006). Un interesante trabajo publicado por Aitor Martínez Giménez para la Fundación Ideas pone de manifiesto cómo, prácticamente desde su aprobación, desde la tercera legislatura (86-89) en la que se presentaron 2,  el número de ilps presentadas ha ido subiendo progresivamente, 6 (en la cuarta y la quinta), 9 (en la sexta y la séptima), 10 (en la octava), hasta llegar a las 21 presentadas en la última, la novena legislatura.

Algo similar ocurre por lo general en las distintas Comunidades Autónomas donde casos como Andalucía (donde en la última legislatura se ha duplicado el número) o Cataluña, muestran un incremento notable del uso de esta institución jurídica.

El análisis de esta información nos ofrece además otro tipo de datos valiosos que nos pueden ayudar a entender más a fondo el por qué se utilizan, o no, este tipo de canales formales de participación política. Podemos decir que existe una correlación directa entre la facilidad para presentar una ILP y defenderla y su utilización por parte de los ciudadanos.

En aquellos lugares en los que el porcentaje de firmas requerido es más bajo (en España es un elevado 1,45% que en numerosas Comunidades Autónomas oscila entre el 5% de Extremadura y  el 0,95% de Cataluña); los plazos de recogida de firmas más amplios (entre los 9 meses de la ilp nacional y los 90 días habituales en las legislaciones autonómicas); y el protagonismo y la visibilidad de la Comisión Promotora más fuerte (con la posibilidad de defender la propuesta en las Cámaras en distintas fases del procedimiento legislativo),  se produce un uso mucho más amplio de este canal de participación institucionalizado.

Sin entrar a analizar su éxito, que daría para otro artículo, podemos ver cómo las reformas destinadas a facilitar la participación ciudadana a través de esta figura, tanto de la ley nacional, realizada en 2006, como de aquellas legislaciones autonómicas que se han modificado en los últimos años, ha provocado un incremento de su uso, como se puede ver en casos como Canarias, donde se han presentado 31, Galicia (27) o Cataluña (26).

El modelo catalán

Es precisamente el modelo catalán, modificado en 2006, el que nos puede indicar el camino que debería seguir la reforma de esta institución para que siga respondiendo a su función canalizadora de la participación ciudadana: un porcentaje reducido de firmas (50.000 firmas, que representa en torno al 0,95%, pudiendo firmar cualquier persona mayor de 16 años empadronado en Cataluña), el uso de medios electrónicos para lograrlas, un plazo amplio (4 meses prorrogables hasta 6), la toma en consideración automática y la participación de la Comisión Promotora durante todo el procedimiento legislativo….

No hay otro camino. Para avanzar en la regeneración política sin dar la espalda a las instituciones necesitamos vías formales de participación, que serán las únicas ante las que el Estado, no sólo la política, podrá dar respuesta reglada y, desde esa perspectiva, las únicas que nos pueden garantizar una reforma profunda, pero reforma al fin y al cabo, de nuestro sistema democrático.