Según adelantan algunos periódicos el pacto para la reforma electoral está bastante avanzado. La semana que viene terminan los trabajos de la subcomisión y se espera una reforma de la ley electoral antes de que termine la legislatura.

Una vez más se obvia el tema más importante al que se refirió extensamente el Consejo de Estado en su informe, el de la circunscripción electoral, el mínimo de dos escaños obligatorio por circunscripción y el número total de escaños (las dos últimas exigirían modificar la Constitución), verdaderos causantes de la falta de representación de partidos de ámbito nacional como IU y UPyd que, como era de esperar, consideran la reforma una noreforma.

Se tocan otros aspectos, quizás menores…

en la línea de lo sugerido por el Consejo de Estado en su completo informe. Algunos de los más importantes:

1. Se suprime el derecho a voto para los no residentes en España en las elecciones municipales, autonómicas y al Congreso. Algo coherente con las últimas tendencias que unen el ejercicio del voto con el lugar de residencia, que está provocando la ampliación del derecho al voto, aunque sea poco a poco, a los extranjeros residentes en España (aunque nada se dice de reformar la Constitución para ampliar a los residentes en España su derecho a voto más allá de las elecciones municipales). Además se crea una circunscripción especial en el Senado, para representar los intereses de los españoles no residentes (o residentes ausentes).
2. Se buscan medidas para frenar el transfugismo, asumiendo la imposibilidad de reclamar el acta de concejal. Enquistado el debate sobre la necesidad de que gobierne la lista más votada, lo que eliminaría el problema de raíz pero que no es bien visto por los socialistas, se propone impedirle el voto en una eventual moción de censura (algo bastante discutible desde el punto de vista constitucional) o el cambio en el sistema de mayorías necesarias para sustituir al gobierno municipal (más viable).
3. Se establecen nuevas barreras para concurrir a las elecciones, principalmente un número de firmas, similar al de las agrupaciones electorales o una fianza, para evitar fraudes como el de obtener el censo para fines publicitarios.
4. Se regula la celebración de debates.
Sin embargo en los temas que habitualmente tratamos en este blog, de momento, no hay muchos avances:

6. Ni rastro de la regulación de campañas online, al menos en la información que proporcionan los periódicos, y lo único relacionado, la publicación de encuestas en los días previos, parece que se cambia para que siga igual reduciendo de 7 a 5 los días en los que no es posible publicar resultados, algo sobre lo que el Consejo de Estado se manifesto con claridad y cuyo cumplimiento, hoy en día, es imposible de exigir (a ejemplos como el del Periòdic d’Andorra me remito).
7. Quizás lo único reseñable es la posibilidad de que al hilo de las vacantes de los parlamentarios que estén de baja, enfermos o impedidos temporalmente, se está planteando introducir para casos justificados el voto telemático, algo que ya se ha instaurado en alguna autonomía como la Comunidad Valenciana, y que no supone una novedad relevante.

Algunos me responderán que la mejor regulación, cuando a internet se refiere, es la falta de regulación, pero, en lo que a la reforma electoral se refiere, no estoy de acuerdo. No hay nada peor que una norma que no responde a la realidad, que no se adapta a las nuevas formas de hacer campaña, que desaprovecha las oportunidades que las nuevas tecnologías ofrecen para todo el proceso… y cuando esto ocurre, la norma muere por irreal, o hay que cambiarla.

Estaremos atentos!!!